En nuestro último post “Un paso más hacia la rehabilitación de edificios” veíamos que a partir del 1 de enero todos los edificios en venta (incluyendo los de segunda mano) o en alquiler han de contar con su correspondiente certificación energética. De acuerdo a esto, en los últimos meses la eficiencia energética y en concreto la certificación energética de edificios podríamos decir que está de moda y también podríamos afirmar que es una buena noticia. Una figura profesional toma cierto protagonismo “el auditor y certificador energético de edificios”, siendo un foco de creación de empleo y un claro acercamiento a la instauración de la eficiencia energética.
Lo que se pone ahora en duda y sobre la mesa será la agilidad con la que se realicen estas certificaciones y quién tendrá la titulación o cualificación profesional para llevarlas a cabo. Como cualquier actividad profesional, deberá haber una referencia normativa, y de momento sigue sin tener una regulación clara. Lo que vemos en el proyecto de RD, que se especifica en el artículo 5, punto 6 es que “El certificado de eficiencia energética será suscrito por técnicos que estén en posesión de la titulación académica y profesional habilitante para la realización de proyectos de edificación o de sus instalaciones térmicas, elegidos libremente por la propiedad del edificio”. Y añade en su artículo 6, que “el órgano competente de la Comunidad Autónoma establecerá, el alcance del control externo del proceso establecido en al artículo 5 y el procedimiento a seguir para realizarlo. Este control podrá realizarse por la propia Administración o mediante la colaboración de agentes autorizados para este fin”.
Según lo especificado, como en otras ocasiones, las Comunidades Autónomas establecerán los requisitos legales para la correcta ejecución de la actividad. El Real Decreto 47/2007 establece que el procedimiento será desarrollado por el órgano competente en esta materia de la Comunidad Autónoma correspondiente; encargado también del registro de las certificaciones en su ámbito territorial, el control externo y la inspección.
Por tanto como mencionábamos antes, la cuestión que aquí se plantea es, si esos cursos homologados a los que tendrían acceso los futuros técnicos certificadores - y que en los próximos meses proliferaran como la espuma - tendrán alguna validez reglada o acreditativa ante la Administración Pública competente.
Esperemos que esta no sea otra burbuja, otro agujero negro entre la legislación central y autonómica que ralentice el correcto desarrollo de la actividad económica y en este caso de eficiencia energética del país.
Hay veces que no nos vendría mal el rigor de alguno de nuestros vecinos…. Hace ya unos años una moda que creó tendencia entre los arquitectos alemanes fue ver quién hacia el edificio más eficiente energéticamente, las modas solo marcan una tendencia, un uso o costumbre que se sigue de manera pasajera, pero cuando se trata de abrir puertas a la eficiencia energética o de rigor en las gestiones ¿Por qué no nos cunde el ejemplo?